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LA LEY ECLESIÁSTICA

 

El fundamento del poder legislativo de la Iglesia se encuentra en la Sagrada Escritura:

implícitamente en la misión apostólica dada por Cristo a Pedro; "le dice por tercera vez: ¿Me quieres?... y le dijo: " Señor, tu sabes todo, tu sabes que te quiero”. Le  ice Jesús: "Apacienta mis ovejas "" (Jn. 21, 17).

Explícitamente por medio del texto de Mateo 18, 15-18: " si no le hacer caso a ellos, dícelo a la comunidad (ekklesia). Y si tampoco hace caso a la Iglesia, será para ti como un pagano o un publicano. Yo les digo: todo lo que aten en la tierra, el cielo lo considerará como atado, y todo lo que desaten en la tierra, será tenido en el cielo como desatado "(vv. 17-18).

En estas palabras de Jesús la tradición cristiana ha visto la jurisdicción papal y episcopal.

Los apóstoles ejercen su poder jurisdiccional en el Concilio de Jerusalén (cf. He. 15, 9); en manera particular se lo ve en San Pablo el cual en relación a los desórdenes en la Iglesia de Corinto (cf. 1 Cor. 5, 5; 6, 1; 2 Cor. 5) o en otras circunstancias (cf. 1 Tes. 4, 3-2; 1 Tim. 5) hace uso de su poder jurisdiccional.

La Iglesia presenta dos aspectos indisolubles:

·         en su ser "misterio divino"; ella es el amor de Dios presente en la humanidad para salvarla;

·         al mismo tiempo este misterio se manifiesta visiblemente, es decir, Cristo continua su misión de salvador universal en manera visible en la Iglesia. De aquí la necesidad de la existencia de una autoridad y de una jerarquía.

"La iglesia católica, como Cuerpo Místico de Cristo, visiblemente manifestada en la tierra, tiene poder de establecer leyes para el bien común espiritual de los fieles" (Concilio de Trento: “si alguno dijera que los bautizados están libres de todos los mandamientos de la Iglesia, ora están escritas, ora sean de la tradición, de suerte que no están obligados a guárdalas, a no ser espontáneamente quisiera someterse a ellos, anatemata sit”, sesión VII, can 8, DS 1621.

Es entonces necesario recordar las palabras de Jesús: "El que los escucha a ustedes, a mí me escucha; el que los rechaza, a mí me rechaza; y el que me rechaza a mí, rechaza al que me envió " (Lc. 10, 16)...pero al mismo tiempo también: "ustedes saben que los jefes de las naciones se portan como dueños de ellas y que los poderosos hacen sentir su autoridad Entre ustedes no será así; al contrario, el que aspire a ser más que los demás, se hará servidor de ustedes. Y el que quiere ser el primero, debe hacerse esclavo de los demás”. (Mt. 20, 25-27).

Autoridad y obediencia son en la iglesia dos servicios al mismo Señor efectuados en comunión y amor: "La caridad es (por tanto)la ley en su plenitud" (Rom. 13, 10; cf. 1 Jn. 20).

En relación a la sociedad civil la Iglesia se diferencia en que, materialmente, su autoridad administra una sociedad de orden superior con bienes (palabra de Dios) y finalidad propia; su fin es de orden sobrenatural: es la salvación de los hombres.

Se materialmente la Iglesia se diferencia de la sociedad civil, formalmente no hay diferencias entre ambas porque "no hay autoridad que no provenga de Dios " (Rom. 13, 1); toda autoridad humana tiene una cierta " vicarietas Dei " aunque esta vicariedad significa una identidad de las respectivas sociedades. La Iglesia y la sociedad política, cada uno en su propio campo, es independiente y autónoma.

En relación a la ley moral es legítimo presumir que la ley de la Iglesia transmite una auténtica voluntad divina para el bien de las personas bautizadas lo cual exige que sea reducida en el comportamiento moral. Vale pero también aquí, como para toda la ley imana, que "hay que obedecer a Dios antes que a los hombres " (He. 5, 29).

El primer " Superior " es el Espíritu Santo, " ley " principal e interior la cual justifica; el primer código es el Evangelio al cual debe conformarse la ley eclesiástica.

No obstante siendo la ley una norma objetiva, existe también una norma subjetiva próxima: conciencia.

Además, aunque en el ámbito de la norma objetiva la ley es realmente norma, existen instituciones para la sustracción del síngulo a la ley: LA DISPENSA, UNA LEGÍTIMA CAUSA, LA IGNORANCIA, LA IMPOTENCIA FÍSICA O MORAL y LA VIRTUD DE LA EPIKEIA.