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LA LEY NATURAL

La ley natural es:

LA PARTICIPACIÓN DE LA LEY ETERNA EN LA NATURALEZA RACIONAL DEL HOMBRE Y LA FUENTE DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA.

Ella es la misma ley eterna promulgada en el hombre por medio de la razón natural; por lo tanto tiene al mismo Dios como su legislador.

La ley natural presupone la ley eterna, así como toda ley positiva, divina o humana, tiene como fundamento y norma la ley natural, la cual no puede ser contradecid.

Dios, al crear al hombre, le dio en su propia naturaleza lo que es. La ley natural, el hombre mismo puede encontrarla en su ser hombre y conocerla con la sola luz de la razón natural, sin necesidad de una revelación particular de Dios o del magisterio humano. Siendo inscrita en la naturaleza humana, cada hombre está obligado a cumplir tal obligación sin excepción.

En la actualidad, en vez de usar el término " ley natural ", se prefiere hablar del "or­den de la moralidad humana en cuanto humana " o " del orden de la creación”. El último término manifiesta más claramente que el orden establecido no depende del hombre, sino de Dios en cuanto creador de la naturaleza humana, aunque sea el hombre quien encuentra y descubre éste orden.

La expresión " ley natural ", no figura explícitamente en la Sagrada Escritura, aunque indirectamente se puede encontrar algunos elementos.

En el AT. La " moralidad humana universal ", aunque presente, queda relegada en segundo lugar.

Desde su origen, el hombre se ha enfrentado con los preceptos de Dios por medio de los cuales se manifestó su voluntad (cf. Gen. 2, 16s). Transgrediendo la orden dada, la muerte, como consecuencia del no respetar el orden establecido, entró en el mundo (cf. 3, 17ss; Sab. 2,24). Pero Dios no deja al hombre sin ley. Existe una regla moral que Dios recuerda a Caín (cf. Gen. 4, 6-7). La actitud del hombre frente a esta ley hace que los hombres sean justos (cf. Gen. 4,3; 5, 24; 6, 3) o malos (cf. 4,4; 6, 5.11s; 11,1-9; Sab. 10, 3ss).

EL PRINCIPIO DE LA LEY NATURAL MÁS GENERAL ES: " BONUM EST FACIENDUM " (HACER EL BIEN).

Su contenido manifiesta la relación del hombre con Dios (preceptos religiosos: dar gloria a Dios; cf. Gen. 9, 3-6) y la relación con el prójimo. Estos principios fundamen­tales de la ley moral natural pueden ser conocidos con seguridad por todos los hombres:

“estos mandamientos, que yo doy no son superiores a tus fuerzas ni están fuera de tu alcance. No están en el cielo, para que puedas decir: "Qué suba alguien al cielo a buscar esos mandatos y después escucharemos". Tampoco están al otro lado del mar, para que tengas que decir: "Que alguien pase hasta el otro lado y los traiga de vuelta, y entonces escucharemos y los ponderemos en práctica". Todo lo contrario, estas cosas de que hablo están bien cerca de ti; ya están en tu boca y en tu corazón, de modo que no te será difícil cumplirlas”. (Dt.30, 11-14)

 La ley natural promulgada por Dios (cf. Dt. 6, 13; Mt. 4, 10; 6, 10; Le. 22,42; Jn. 4, 34; 6, 36) es, en sí, invariable. Dios mismo no puede cambiarla o dispensar al hombre de su observación sin contradecirse a sí mismo, ya que, no puede permitir lo contrario lo que El mismo ha establecido en la misma ley: hacer el bien y evitar el mal. Contra esta invariabilidad de la ley natural, se podría aducir unos hechos descritos en el Antiguo Testamento que contradicen - aparentemente - el mismo orden establecido por Dios: por ejemplo el " sacrificio de Isaac "(cf. Gén.22, l ss.), la orden del exterminio de los cananeos (cf. Dt.7, 2), el despojo de los egipcios (cf. 3, 22; 11, 2) al iniciarse el éxodo (cf. 12, 32ss).

Las dificultades exegéticas no se resuelven aduciendo simplemente, que, siendo Dios el Señor de la vida pueda libremente disponer de la vida y de la propiedad de los demás, ya que, el obrar de Dios está puesto como ideal para la actuación del obrar huma­no. Como Dios no puede contradecir el orden establecido por El, tampoco puede dispensar de la observancia de la ley natural.

Después del pecado original, la naturaleza humana ya no alcanza la altura del obrar moral anterior a ello. De allí la tolerancia de la poligamia y el libelo del repudio. Tampoco

La poligamia " desmedida " (cf. Dt. 17, 17), como la de Salomón (cf. 1 Re 11), ni el otorgamiento injusto del libelo de divorcio, son propuestos como modelos de vida. El divorcio (cf. Dt. 24, 1-4), como forma jurídica, se regula simplemente por medio del libelo de repudio, pero no se presente nunca el mismo divorcio como moralmente recomendable o aprobado.

Como en el Antiguo Testamento, tampoco en el Nuevo Testamento se encuentra la expresión " ley natural”. Sin embargo, la realidad, que presenta, se encuentra frecuen­temente en las enseñanzas de Cristo.

A sus oyentes, Jesús daba a entender que sabían distinguir, por si mismo, entre el bien y el mal (cf. Me. 3, 4; 7, 14-23; Jn. 5, 29). Apela, a veces, a la ley de la naturaleza particularmente en relación a la indisolubilidad del matrimonio (cf. Mt. 5, 27s; 5, 31s, 19, 3-9) y a la legitimidad de las instituciones naturales, como el poder político (cf. 22, 21; paralelos: Me. 12, 17; Le. 20,20-26).

La norma habitual de la proclamación de Jesús, es el anuncio sincero de la verdad sin falsos a respectos humanos. Seguir el " camino de Dios ", ésta es la norma establecida por Dios para la recta actuación moral (cf. Mt. 21, 31b-32; 7, 15-20; He. 18, 25s).

Jesús, acerca del matrimonio, reprueba en absoluto el divorcio porque no corresponde a la voluntad primera y auténtica de Dios (cf. Mt. 19, 3-9; Me. 10, 1-12). La unión establecida de los sexos entre sí es tan grande, que lleva al hombre a abandonar la comunidad paternal para llegar a establecer en la comunidad matrimonial una sola carne, como Dios lo había establecido en el orden de la creación; ¿ y el divorcio ?..."al principio no fue así " (Mt. 19, 8).

En el ambiente judaico en el cual habla Jesús, podían entenderse las palabras de Jesús - "en el principio no era así" - como el orden querido por Dios después de la creación; por lo tanto, como una ley positiva dada por Dios después de la creación y no fundada en la naturaleza humana. Sin embargo, no se trata solamente de un inicio histórico, sino que hay que entender las palabras de Jesús en el sentido de " lex naturae ", en cuanto que el mismo matrimonio, por su propia naturaleza es la unión del hombre con la mujer.

Los que Dios mismo, por el orden de la creación, ha establecido como una unidad, el hombre no puede romper.

Obrar el bien u obrar el mal es lo que hace una acción moralmente buena o mala. Hacer el bien, como precepto mayor de la ley, es, para Jesús, lo que decide la licitud de una acción en sábado: "¿es lícito en sábado hacer el bien en vez del mal, salvar una vida en vez de destruirla?” (Mc.3, 4). El salvar una vida está encima de la observación del precepto del descanso sabático. No salvar significaría dejar morir, significaría matar.

Esta ley, hacer el bien y no obrar el mal, está inscrito en el corazón del hombre y del corazón procede todo lo que moralmente es bueno o malo. “Ninguna cosa que entra en el hombre puede hacerlo impuro; lo que lo hace impuro es lo que sale de él; pues del corazón del hombre salen las malas intenciones" (Me.7, 15. 21; cf. Mt. 15, 19). El catálogo de lo que hace impuro al hombre se apoya en la segunda mitad del decálogo (cf. Dt.5, 17-21): malas intenciones, asesinato, adulterios, fornicaciones, robos, falsos testi­monios, injurias tienen su origen en los " malos pensamientos”. La maldad interior empuja al hombre de exteriorizarse con palabras y acciones correspondientes. Por lo tanto, en el corazón radica el impulso para todo actuar moralmente bueno o malo.

El anuncio apostólico de la salvación en Cristo no ignora la etapa de la historia de salvación anterior a Moisés (cf. Rom. 5, 13ss); bajo el mismo régimen se encuentran todavía las naciones paganas que no han tenido la vocación de Israel. “El (Dios) permitió en las generaciones pasadas que cada nación siguiera su propio camino; aunque nunca ha dejado de manifestarse ni de derramar sus beneficios" (He. 14, 16; cf. Rom. 1, 24-31)... “Ahora bien, Dios prefiere olvidar esos tiempos de la ignorancia y ordena a todos los hombres, por todo el mundo, que se conviertan“(He. 17, 30).

Dios se ha dado a conocer a los hombres y sus señales permitirían al hombre reconocerlo con claridad como creador y benefactor. Las señales los hombres las tenían en la distribución de los dones del orden natural: "los dejó que buscaran por sí mismo a Dios, para ver si lo descubrían aunque fuera a tientas y lo encontraban, porque no está lejos de cada uno de nosotros. Pues en él vivimos, nos movemos y existimos...“ (He. 17, 27-28).

Aunque estando en el tiempo de la ignorancia, los hombres no carecían del conocimiento de la voluntad de Dios porque su ley estaba grabada en sus corazones y se les manifestó a través de la conciencia: "
cuando los paganos, que no tienen ley (la ley positiva/mosaica), cumplen naturalmente las prescripciones de la ley, sin tener ley, para sí mismo son ley (es decir, obran según la conciencia)" (Rom.2, 14).

Dios, a través de sus obras, se ha manifestado suficientemente a todos los hombres (cf. l, 18ss.), de manera que todos pudieran reconocer al único Dios verdadero; sin embargo no han dejado al idolatría y siguen adorando a sus ídolos y dioses de plata y oro. Estos paganos son culpables: o por su falsa concepción de la divinidad o por su ateísmo.

En la creación Dios se reveló y, sin embargo, ellos no han querido reconocer a Dios por las obras de la creación.

Despreciaron a Dios al no tratar de conocerlo según la verdad, y él, a su vez, los abandonó a sus corazón sin conciencia" (1, 28). Los paganos son culpables por no haber dado gloria a Dios, sino ellos "cambiaron la Gloria del Dios inmortal por imágenes con forma de hombre mortal de aves, de animales o de serpientes" (v.23). Habiendo podido conocer a Dios por su propia razón de ser hombres, el no querer reconocerlo, les ha llevado a caer en otra clase y serie de vicios y culpas (cf. 1, 26-32). Los paganos, puro conociendo el juicio de Dios sobre estos crímenes, no obstante se hacen reos de ellos (cf. 1, 32). Por eso sus faltas son inexcusables y la ira de Dios está sobre ellos.

No es éste el lugar para desarrollar una historia completa del concepto de ley natural. Recordamos sólo brevemente las principales fuentes que influyeron en San Tomás para la formulación de la ley natural.

Una de las fuentes es la doctrina de ARISTÓTELES (cf. Retorica I. c. 13; Politica V, c.2): la ley natural, común a todos los hombres, se funda en la misma naturaleza del hombre; por lo tanto tiene validez siempre y para todos.

Otra fuente es CICERÓN (cf. De Legibus 1. 1. c. 15-16; De Republica I. 3. c. 22; De Inventio Rhetorica I. 2. 22. 33), escritor, que, a su vez, depende de la filosofía griega, especialmente de la filosofía estoica: la ley moral sería la encarnación del orden universal en la naturaleza. La recta razón en la cual se manifiesta la ley moral, dicta el obrar de los hombres. Según Cicerón, la ley natural procede de Dios y está fundado en la naturaleza. Dictada por la razón manda hacer lo bueno y prohíbe hacer lo malo.

A las doctrinas de la filosofía antigua hay que añadir el pensamiento cristiano de la patrística. Particularmente importante es el pensamiento de SAN AGUSTÍN: la ley natural es la participación de la ley eterna de Dios, fruto de la razón y de la voluntad de un Dios personal. En materias jurídicas es SAN ISIDORO una de las principales autoridades para San Tomás.

Según San Tomás la ley natural " es la participación de la ley eterna en la naturaleza racional del hombre " (cf. ST. I-II, 91.2):

Siendo la ley regla y medida, puede, como ya se ha dicho (q.90 ad 1), existir de dos maneras: tal como se encuentra en el principio regulador y mensurante, y tal como está en lo regulado y medido. Ahora bien, el que algo se halle medido y regulado se debe a que participa de la medida y regla. Por tanto, como todas las cosas que se encuentran sometidas a la divina providencia están reguladas y medidas por la ley eterna, según consta por lo ya dicho (a. l), es manifiesto que participan en cierto modo de la ley eterna, a saber, en la medida en que, bajo la impronta de esta ley, se ven impulsados a sus actos y fines propios. Por otra parte, la criatura racional se encuentra sometida a la divina providencia de una manera muy superior a las demás, porque participa de la providencia como tal, y es providente para sí misma y para las demás cosas. Por lo mismo, hay también en ella una participación de la razón eterna en virtud de la cual se encuentra naturalmente inclinada a los actos y fines debidos. Y esta participación de la ley eterna en la criatura racional es lo que se llama ley natural. De aquí que el Salmista (Sal 4,6), tras haber cantado: Sacrificad un sacrificio de justicia, como si pensara en los que preguntan cuáles son las obras de justicia, añade: Muchos dicen: ¿quién nos mostrará el bien? Y responde: La luz de tu rostro, Señor, ha quedado impresa en nuestras mentes, como diciendo que la luz de la razón natural, por la que discernimos entre lo bueno y lo malo —que tal es el cometido de la ley—, no es otra cosa que la impresión de la luz divina en nosotros. Es, pues, patente que la ley natural no es otra cosa que la participación de la ley eterna en la criatura racional”.

Dios, al crear el mundo, inscribe en él las reglas de un funcionamiento armonioso. Al crear al hombre a su imagen y semejanza, inscribe en su corazón la ley del propio desarrollo, y le hace capaz de descubrir esa ley, con mayor o menor claridad, por si mismo, porque él es una criatura dotada de razón.

Las preposiciones o preceptos (juicios o principios) son los primeros que dirigen la operación humana. Ellos son conocidos por todos desde el momento de haber llegado al uso de la razón; por lo tanto tienen que referirse a lo que intrínsecamente es bueno o malo. son juicios imperativos QUE MANDAN A HACER LO BUENO Y PROHÍBEN LO MALO (por ejemplo no se debe atentar contra la vida).

Por lo mismo deben ser PROPOSICIONES (o preceptos) UNIVERSALES que se dirigen a un bien común y universal, lo cual, en definitiva, es Dios mismo (cf. ST I-II, 94.3 ad 1; 90.2; 100.2 ad 3). Además son NATURALES en cuanto no provienen de una elaboración humana, sino de la misma naturaleza de la razón que dicta sus enunciados imperativos dados por el supremo legislador como autor de la naturaleza misma naturaleza de la razón que dicta sus enunciados imperativos dados por el supremo legislador como

Esta ley es promulgada por Dios: "LA PROMULGACIÓN DE LA LEY NATURAL SE HA REALIZADO POR EL HECHO DE QUE DIOS LA HA IMPRESO EN LAS MENTES DE LOS HOMBRES, Y POR ESTA IMPRESIÓN ES NATURALMENTE COGNOSCITIVA " .

El fundamento verdadero de la obligación de la ley natural se encuentra en la ley eterna, en la razón y la voluntad de Dios. Por lo tanto, el fundamento verdadero no está en la razón humana o en la naturaleza del hombre. Ellos son solamente los instrumentos de la suprema, eterna regla (cf. ST 1-11, 19,4). La ley eterna es algo infinito y eterno, la ley natural, por su participación en la razón del hombre, es algo temporal y finito.

Recogiendo todos los elementos esenciales de la ley en general se puede formular la siguiente descripción de la ley natural:

LA LEY NATURAL: LAS PROPOSICIONES IMPERATIVAS UNIVERSALES ACERCA DE LOS ACTOS BUENOS O MALOS DE LA RAZÓN PRACTICA, PARTICIPADAS DE LA LEY ETERNA, EN ORDEN AL BIEN COMÚN DE LA BIENAVENTURANZA NATURAL, PROMULGADAS EN LA NATURALEZA HUMANA POR DIOS COMO LEGISLADOR SUPREMO DE LA COMUNIDAD DE LOS HOMBRES.

“Se llama ley natural aquel orden moral al que el hombre está ligado por el mero hecho de ser hombre, independientemente de haber legislación positiva. Se llama " natural ", porque el hombre puede comprenderla por
su facultad natural de conocimiento (razón), partiendo de los datos de su naturaleza. La razón es la facultad intelectual que permite actuar acertamente a distinguir lo bueno y verdadero de lo malo y falso" (GAUDIUM ET SPES 16).

“Por la razón el hombre es capaz de comprender el orden de las cosas establecidas por el creador. Por su voluntad es capaz de dirigirse por si mismo a su bien verdadero Mediante la razón, el hombre es capaz conocer la voz de Dios que lo impulsa" a hacer el bien y a evitar el mal " (CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA, 1704.1706).

TAREA DE LA RAZÓN PRÁCTICA: en el orden de la especulación (conocer) como en el orden práctico (querer, actuar), la razón actúa siempre según la misma dialéctica: parte de principios generales y universales, evidente por sí mismo, para llegar a conclusiones alrededor de las realidades de conocer o de transformar.

En orden práctico del actuar humano, el primer precepto, teniendo la ley natural la idea de orientar al hombre a su fin, es: HAY QUE HACER EL BIEN Y EVITA EL MAL.

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